Fundación Jose Luis Suescun
  Actividades
 

 

Según los ESTATUTOS de la Fundación José Luis Suescun, los Fines, Actividades y Beneficiarios son los siguientes:

FINES Y BENEFICIARIOS

 

Artículo 7.  Fines. 

Los fines de interés general de la Fundación son :

La promoción, atención, acogida, asistencia social e inclusión social a niños  y personas mayores en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, culturales, familiares y económicas.

. Atención , acogida y acompañamiento a personas en situación límite.

 

Artículo 8.  Actividades. 

Para la consecución de los fines señalados en el artículo anterior, la Fundación, realizará las siguientes actividades:

Atención, acogida e integración del niño y del anciano

Actividades culturales.

Actividades lúdicas

Cooperar con centros de día de ancianos

Jornadas  de convivencia y ocio temporales para familiares de personas en situación límite.

Cursos formación,  autoayuda y ayuda psicológica.

Talleres ocupacionales.

Cooperación con Entidades que tienen idénticos fines.

 

            Artículo 9.  Libertad de actuación. 

El Patronato tendrá plena libertad para determinar las actividades de la Fundación, tendentes a la consecución de aquellos objetivos concretos que, a juicio de aquél y dentro del cumplimiento de sus fines, sean los más adecuados o convenientes en cada momento.

 

Artículo 10. Determinación de los beneficiarios. 

1.    Serán beneficiarios de la fundación las personas físicas o jurídicas que reúnan las siguientes condiciones: 

    a) Personas menores de edad, con problemas de integración social, familiar  o con problemas físicos o psíquicos.

               b) Personas de edad avanzada con dificultades en el ambiente familiar

d) y ocasionalmente niños y personas mayores marginadas y pobres en Países en vías de desarrollo.

               e) Personas en situación límite en su vida y sus familiares y amigos.

 

2. El Patronato determinará a los beneficiarios de las actividades fundacionales de acuerdo con criterios de imparcialidad y no discriminación.


         3. El Patronato dará información suficiente de los fines y actividades de la Fundación para que sean conocidos por sus eventuales beneficiarios y demás interesados.

 

 

 

 
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